Artículo 1
Artículo 1.o Abónase, por gracia, para los efectos de su jubilación al señor don Francisco Espejo Miranda, actual secretario del Juzgado de Letras de Coquimbo, el tiempo comprendido entre el 3 de Agosto de 1888 y el 4 de Julio de 1892, en que sirvió el cargo de receptor de mayor cuantía del departamento de Coquimbo, y el comprendido entre esta última fecha y el 31 de Diciembre de 1924, en que ha desempeñado las funciones de secretario del Juzgado de Letras del mismo departamento.
