Artículo UNICO
Artículo único. Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de doña Rosa Elvira Urra Canales, 7 años servidos ad-honorem, en el Hospital San Juan de Dios de la ciudad de Rancagua, como practicante. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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