Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Rafael Arcángel Robles Fernández, una pensión mensual de doscientos escudos (Eº 200). El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
