Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que disfrutan doña Rita Mackenna Cerda y doña Carmela Mackenna Cerda, a E° 50,- mensuales para cada una de ellas. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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