Artículo UNICO
Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150,000) moneda nacional, en atender a los gastos que ha demandado el envío de una Embajada Especial a la Transmisión del Mando Supremo en el Perú. La suma anterior se deducirá del axceso producido en la cuenta C-10 del cálculo de entradas (Derecho de importación), respecto de la cifra estimada por el presente año.
📜 Texto Legal Técnico
