Artículo UNICO
Artículo único. En atención a los servicios prestados por el señor ex-ingeniero mayor de segunda clase de la Armada, don Pedro Kemner Rodríguez, concédesele, por gracia y a contar desde el 1.o de Enero de 1930, una pensión de doce mil pesos ($12,000) anuales.
📜 Texto Legal Técnico
