Artículo UNICO
Artículo único. Reconócese, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Alberto Echavarría Lorca, el tiempo comprendido entre el 1.o de Abril de 1929 hasta el 31 de Enero de 1931, en que se desempeñó como Oficial de Secretaría ad honores del Primer Juzgado del Trabajo de Santiago. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
