Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Carmela Martínez, viuda de don Simón Figueroa Dinamarca, ex Jefe de Transportes de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado, una pensión de montepío equivalente al setenta y cinco por ciento (75 %) de la jubilación de que se encontraba en posesión el causante al 21 de Diciembre de 1953. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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