Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Amelia Jiménez Soto viuda de Quiroga, una pensión vitalicia de Eº 20 mensuales, en atención a los servicios prestados al país por el Coronel de la Guerra de la Independencia don Pedro Jiménez. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
