Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Antonio Bahamonde Mancilla, una pensión de Eº 30 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON ANTONIO BAHAMONDE MANCILLA
Ley 14225 · 1 artículos · Versión BCN: 1960-11-22 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Antonio Bahamonde Mancilla, una pensión de Eº 30 mensuales. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.