Artículo UNICO
Artículo único. Abónase, por gracia, y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Oscar Carrasco Acuña, los servicios prestados en el Segundo Juzgado del Crimen de Valparaíso, como Oficial Subalterno suplente y supernumerario, desde el 28 de Febrero de 1945 hasta el 1.o de Febrero de 1950. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
