Artículo UNICO
Artículo único. Elévase, por gracia, a Eº 75,00 mensuales la pensión concedida por la ley N.o 9,352, de 30 de Agosto de 1949, a doña Rosa Inés, doña Rebeca y doña María Laura Valderrama Leyton, con derecho a acrecer entre ellas. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
