AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA
CONTRATAR CON EL BANCO CENTRAL DE CHILE UN EMPRESTITO
HASTA POR $138.000,000
Ley 5137 · 6 artículos · Versión BCN: 1933-02-17 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para contratar con el Banco Central de Chile un préstamo hasta por ciento treinta y ocho millones de pesos ($138.000,000) moneda corriente con el único objeto de comprar a ese Banco los bonos de la Compañía de Salitre de Chile de valor nominal de veintiún millones cuatrocientos trece mil dólares americanos ($ USA. 21.413,000) que el Fisco le vendió con pacto de retroventa a virtud de la ley número 4,971, de 30 de Julio de 1931, y con arreglo al contrato celebrado por escritura pública de 26 de Septiembre del mismo año, y también para dar cumplimiento a lo establecido en la parte final del artículo siguiente.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Art. 2.o El préstamo devengará intereses de dos por ciento (2%) anual pagaderos el 30 de Junio y el 31 de Diciembre de cada año. Los intereses correspondientes al año en curso se descontarán del capital prestado.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Art. 3.o El préstamo será amortizado por cuotas semestrales iguales de cinco por ciento (5%) del capital primitivo, que se pagarán junto con los intereses, y la primera de ellas el 30 de Junio de 1934.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Art. 4.o La Ley de Presupuestos de Gastos de la Nación consultará anualmente las cantidades necesarias para el servicio de los intereses y amortizaciones del préstamo a que se refiere la presente ley. Dicho servicio será efectuado por la Caja de Amortización.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 5
Art. 5.o No se aplicarán a este préstamo las limitaciones y prohibiciones establecidas en el decreto-ley número 486, de 21 de Agosto de 1925, que organizó el Banco Central de Chile.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 6
Art. 6.o La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.