Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, al ex Capitán de Carabineros de Chile, don Sergio Mascayano Carvacho, el derecho a reajustar su pensión de jubilación sobre la base del sueldo correspondiente a la 2a. categoría de la escala de grados y sueldos del Cuerpo de Carabineros de Chile. El gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
