Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don José Clemente Escudero Núñez una pensión de veintidós escudos mensuales, sin perjuicio de la que actualmente percibe. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
