Artículo 1.o Supleméntanse en las cantidades que se indican los siguientes ítem del Presupuesto Corriente en moneda nacional para 1961, del Servicio de Aduanas: 08/04/05 Jornales Eº 2.800 08/04/08 Gastos del Personal 8.000 08/04/09 Gastos Generales 17.000 08/04/11 Adquisición de bienes 15.000 08/04/14 Difusión y publicaciones 3.000 08/04/23 Varios 509.200 08/04/29 Universidad de Chile 5.000 Eº 560.000
Artículo 3.o Facúltase al Presidente de la República para disponer por una sola vez el saldo sobrante de los ítem 08/03/02 y 08/03/03 del Presupuesto vigente, con el exclusivo objeto de efectuar pagos por concepto de asignaciones familiares, de cambio de residencia, de trabajos nocturnos, o de cualquier asignación extraordinaria que determine, al personal a que se refiere el DFL N.215, de 5 de Abril de 1960 y sus modificaciones posteriores. En todo caso, el excedente que se produzca en dichas Cuentas al 31 de Diciembre de 1961 ingresará a una Cuenta especial y no caducará, para los efectos de dar cumplimiento a esta disposición".