Artículo 1
Artículo 1.o Créase un Juzgado de Letras de Menor Cuantía con jurisdicción sobre las comunas de San José de la Mariquina y de Lanco, del departamento de Valdivia, y con asiento en la cabecera de la comuna de San José de la Mariquina.
CREA JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA EN COMUNA DE SAN JOSE DE LA MARIQUINA (DEPARTAMENTO DE VALDIVIA), CON JURISDICCION, TAMBIEN, EN LA DE LANCO; Y LE FIJA PLANTA Y SUELDOS.
Ley 5342 · 4 artículos · Versión BCN: 1934-01-03 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1.o Créase un Juzgado de Letras de Menor Cuantía con jurisdicción sobre las comunas de San José de la Mariquina y de Lanco, del departamento de Valdivia, y con asiento en la cabecera de la comuna de San José de la Mariquina.
Art. 2.o El Juzgado a que se refiere el artículo anterior, será servido por el siguiente personal con los sueldos anuales que se indican: Un juez de letras de Menor Cuantía _ _ $ 12,600 Un secretario _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 7,200 Un oficial de Sala_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 2,800
Art. 3.o El mayor gasto que significa la presente ley, se deducirá de la mayor entrada que se producirá sobre la prevista en la cuenta D-4-a "Aumento impuesto a la renta", del detalle de las entradas fiscales para el año 1934.
Art. 4.o Esta la ley regirá desde el 1.o de enero de 1934.