Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Ramón Salgado Suárez una pensión mensual de veinte escudos (Eº 20). El gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
