LA CONTRIBUCION ESTABLECIDA POR LA LEY N.o 5,005, DE
25 DE NOVIEMBRE DE 1931, QUE AFECTA LAS PENSIONES DE
JUBILACION, RETIRO Y MONTEPIO, SERA REDUCIDA EN LA FORMA
QUE SE INDICA
Ley 5600 · 4 artículos · Versión BCN: 1935-02-23 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1
"Artículo 1.o A contar desde el 1.o de Enero de 1935, se pagarán sin la contribución establecida por la ley N.o 5,005, de 25 de Noviembre de 1931, las pensiones de jubilación, retiro y montepío afectadas por esa ley, que hubieren sido otorgadas en conformidad a las leyes que hayan regido con anterioridad al 1.o de Enero de 1925, y las que hubieren sido otorgadas a personas con cuarenta o más años de edad.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 2
Artículo 2.o La contribución que establece la ley N.o 5,005, se aplicará reducida en una tercera parte durante el presente año, y en dos terceras partes durante el año 1936. Dicha contribución quedará derogada a contar desde el 1.o de Enero de 1937.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 3
Artículo 3.o El gasto que importará la aplicación de esta ley por el presente año, se imputará a la mayor entrada que, con relación a los gastos públicos, arrojó el ejercicio financiero de 1934.
📜 Texto Legal Técnico
Artículo 4
Artículo 4.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.