Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a doña Corina Tapia Urízar, viuda de don Ramón García García, una pensión de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
