Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, a don Manuel Huidobro Gutiérrez, una pensión de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales. El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
