Artículo UNICO
Artículo único. Concédese, por gracia, al ex regidor y ex alcalde de la comuna de Conchalí, don Nicolás Fuenzalida Valdivia, el derecho a jubilar de acuerdo con lo dispuesto en la ley N.o 12,566, que modificó la ley N.o 11,745, de fecha 24 de Noviembre de 1954. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
