Artículo 1.o Reincorpórase al ex notario público y de Hacienda y Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, don Aliro Parga Ríos, al Escalafón Judicial, con el mismo lugar y antigüedades que ocupaba antes de verse obligado a renunciar a su cargo en atención a haber sido absuelto por la justicia con motivo de un proceso que se le instruyó por un supuesto delito de malversación de caudales públicos.
Artículo 2.o Se reconoce a don Aliro Parga Ríos el derecho preferente para ocupar el primer lugar en las ternas que se formen con el fin de proveer un puesto en cualquiera de las categorías del Escalafón Notarial y a ser nombrado en la vacante correspondiente.
Artículo 3.o Para los efectos de su rejubilación, se le considerarán como servidos, en el nuevo cargo que desempeñe, todo el tiempo que ha estado ausente del servicio, a partir del 7 de Octubre de 1945, fecha en que se le aceptó la renuncia de su cargo al notario público y Conservador de Bienes Raíces de Rancagua.