Artículo UNICO
Artículo único. Abónanse, por gracia, y para todos los efectos legales, a don Raúl Chaigneau Buenrostro, los siete años, diez meses y veintisiete días que sirvió como empleado de la Caja Nacional de Ahorros, en los períodos comprendidos entre el 13 de Abril de 1921 y el 29 de Enero de 1926 y entre el 3 de Febrero de 1930 y el 14 de Marzo de 1933.
📜 Texto Legal Técnico
