Artículo UNICO
Artículo único. Abónanse, por gracia, para todos los efectos legales, a don Rodolfo Moya Morales, 13 años, 11 meses y 25 días de servicios prestados entre el 5 de marzo de 1914 y 30 de Julio de 1923, en la Policía de Santiago, y entre el 1.o de Enero de 1932 y el 31 de Julio de 1936, en el Departamento de la Habitación. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
📜 Texto Legal Técnico
