Artículo UNICO
Artículo único. Abónase, por gracia y para todos los efectos legales, en la hoja de servicios del Maestro 2.o de la Armada Nacional, don Luis Alberto Andrades Carvajal, seis años y dos meses que sirvió en la Dirección de Agua Potable y Alcantarillado de Concepción. El mayor gasto que importe esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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