Artículo 1
"Artículo 1°.- Agréguese, a continuación del artículo 16 del decreto con fuerza de ley número 3,741, el siguiente inciso: Los oficiales de Infantería e ingenieros tendrán derecho a recibir un caballo fiscal, sin cargo, al obtener el nombramiento de capitán.
📜 Texto Legal Técnico
