Artículo 1
Artículo 1°.- La comuna de Purranque formará parte del departamento de Río Negro.
📜 Texto Legal Técnico
DISPONE QUE LA COMUNA DE PURRANQUE FORMARA PARTE DEL DEPARTAMENTO DE RIO NEGRO
Ley 7458 · 2 artículos · Versión BCN: 1943-08-18 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1°.- La comuna de Purranque formará parte del departamento de Río Negro.
Artículo 2°.- Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.