Artículo 1
"Artículo 1.° Autorízase a la Municipalidad de Combarbalá para permutar un terreno de su propiedad, ubicado en el extremo nor-poniente de la ciudad del mismo nombre, que tiene una superficie de 12,707 metros cuadrados y con los siguientes deslindes: Norte, propiedad de don Alejandro Silva, con 130.60 metros; Oriente, Matadero Municipal, propiedad de los señores Raimundo Araya y Sucesión José Dolores Araya y continuación de la calle del río, con 94.30 metros, Sur, calle Las Flores con 130.60 metros, y Poniente, propiedad de don Casáreo 2.° Araya, con 97.30 metros, con los terrenos de propiedad de don Gabriel Brunett, que forman parte integrante de su fundo "Bellavista", con una superficie de 18,700 metros cuadrados, ubicados al sur-poniente de la citada ciudad y cuyos deslindes son: Norte, calle Alameda, con 170 metros; Sur, fundo "Bellavista", con 170 metros: Oriente y Poniente, fundo "Bellavista", con 110 metros.
