Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a la cantidad de setenta y siete mil ciento treinta pesos ($77.130) anuales, la pensión de que actualmente disfruta el ex abogado del Consejo de Defensa Fiscal don Alfredo Balmaceda Fontecilla. El mayor gasto que significa la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
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