Artículo 1
"Artículo 1.° Declárase de utilidad pública y autorízase la expropiación a favor de la Municipalidad de Teno, de un retazo de ocho hectáreas más o menos, que es parte del predio denominado "La Palma del Alto" o "Alto Llano", ubicado en la comuna de Teno, del departamento de Curicó y que figura en el Rol de Avalúos correspondiente con el N.° 1,336 y con un valor de $ 190,000. Los deslindes generales de esta propiedad son los siguientes: Norte, Facundo Palma, Municipalidad de Teno y otros; Sur, camino a Piedra Blanca; Oriente, Francisco Véliz, Laura Mancilla y otros, y Poniente, Luis Cáceres. Los deslindes parciales del retazo cuya expropiación se autoriza, son los siguientes: Norte, Facundo Palma, Municipalidad de Teno y otros; Sur y Poniente, resto de la propiedad de "La Palma del Alto" o "Alto Llano", y Oriente, calle Lautaro, sucesión Medardo Guerra y otros.
