Artículo UNICO
Artículo único. Abónanse, por gracia y para todos los efectos legales, al Detective 1.o don Luis Malaquías de la Barra Torres, los años de servicios prestados en el Hospital de Concepción entre el 1.o de Octubre de 1918 y la fecha de su ingreso a los Servicios de Investigaciones. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
📜 Texto Legal Técnico
