Artículo UNICO
Artículo único.- Declárase que la fecha de retiro de las filas del Ejército del Coronel de Intendencia don Justo Pastor Contador Navarrete es el 10 de Febrero de 1945; concédese el derecho a percibir la totalidad de su pensión de retiro a contar desde la fecha indicada y a obtener la devolución de los descuentos efectuados en sus haberes entre el 17 de Julio y el 23 de Noviembre de 1944. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
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