Artículo 1
Artículo 1°.- Suprímese la letra c) del artículo 7° de la ley N° 8,047, de 9 de Enero de 1945.
📜 Texto Legal Técnico
SUPRIME LA LETRA C DEL ARTICULO 7° DE LA LEY N° 8,047
Ley 9101 · 3 artículos · Versión BCN: 1948-10-28 · Ver en LeyChile ↗
Artículo 1°.- Suprímese la letra c) del artículo 7° de la ley N° 8,047, de 9 de Enero de 1945.
Artículo 2°.- Autorízase a la Municipalidad de Nogales para distribuir la suma de $ 120.000 consultada en la letra c), que se suprime, en la realización de las obras a que se refieren las letras a) y b) del artículo 7° de dicha ley.
Artículo 3°.- La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.