Artículo 1
"Artículo 1°.- La Corporación de Reconstrucción y Auxilio consultará, en su Presupuesto para el año 1949, la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000), que destinará y entregará a la Municipalidad de Chanco para que ésta invierta dicha cantidad, libremente, en la instalación de una planta nueva de alumbrado eléctrico para la comuna o atienda al mejoramiento de la existente. La inversión a que se refiere el inciso anterior la podrá hacer la Municipalidad directamente o por intermedio de la Dirección General de Servicios Eléctricos.
