Artículo 1
"Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para transferir, gratuitamente, a la Caja de Previsión de la Marina Mercante Nacional, el dominio de los siguientes terrenos fiscales, ubicados en el Puerto de San Antonio, de la provincia de Santiago, y que figuran en el Plano Regulador de aquella ciudad, signados como las manzanas N°s 13 y 17, de 6,000 metros cuadrados de superficie cada uno: a) Manzana N° XIII, que deslinda al Norte con calle 2 Norte; al Sur, con calle 1 Norte; al Este, con calle Sanfuentes, y al Oeste, con Avenida Angamos, y b) Manzana N° XVII, que deslinda al Norte, con calle 1 Norte; al Sur, con Avenida del Molo; al Este, con Avenida Ramón Barros Luco, y al Oeste, con calle Sanfuentes.
