Artículo 1°.- Autorízase al Presidente de la República para enajenar en pública subasta, en uno o varios lotes, el sitio y edificio que ocupaba el Cuartel General de la III División de Ejército, ubicado en la esquina formada por las calles Rengo y Freire, de la ciudad de Concepción, cuyos deslindes son: Norte, con calle Freire, en cincuenta y cinco metros ochenta centímetros; Sur, con propiedad de Rufino Itunate, José Miguel Prieto y Banco Alemán Transatlántico; Oriente, con propiedad de Caprile y señora del Río viuda de Fuentes; y Poniente, con calle Rengo en cincuenta y ocho metros setenta centímetros. Este inmueble se encuentra inscrito a nombre del Fisco, a fs. 233 vta., bajo el N° 400, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, correspondiente al año 1901.
Artículo 2°.- El producto de la enajenación del predio mencionado se destinará exclusivamente a la construcción de un edificio para el funcionamiento del Cuartel General de la III División y demás Reparticiones Militares Superiores de la Guarnición de Concepción, que se levantará en el terreno que ha expropiado con tal objeto la Corporación de Reconstrucción y Auxilio, ubicado en calle O'Higgins esquina de Castellón de la ciudad nombrada.
Artículo 3°.- Mientras se inicia la construcción de este edificio, los fondos obtenidos de la subasta a que se refiere el artículo 1°, quedarán depositados en una cuenta especial en la Tesorería Provincial de Concepción, a disposición del Comandante en Jefe de la III División de Ejército para ser girados por intermedio de la Administración de Caja del R. I. 6 "Chacabuco", a medida que su destino lo requiera. De la inversión de estos fondos deberá rendirse cuenta a la Contraloría General de la República.