Artículo 1
"Artículo 1°.- Autorízase la erección de un monumento en la Plaza de los Tribunales de la ciudad de Concepción, que se costeará por suscripción popular, destinado a recordar la fundación de la Corte de Apelaciones de dicha ciudad, el cual llevará las efigies y, en todo caso, los nombres de su primer Regente, don Miguel Zañartu y Santa María, y de los Ministros del primer Tribunal, don José Miguel Barriga, don Domingo Ocampo y don Ambrosio Andonaegui. El cumplimiento de lo dispuesto en el inciso anterior corresponderá a una comisión especial compuesta por el Intendente de la provincia, el Presidente de la Corte de Apelaciones de Concepción, el Alcalde de la Municipalidad de esa comuna, el Presidente del Colegio de Abogados de Concepción y el Director de Obras Municipales de la comuna cabecera de ese departamento.
