Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase a la Municipalidad de Temuco para erigir, por suscripción popular, un monumento destinado a perpetuar la memoria del distinguido ingeniero y servidor público don Teodoro Schmidt Weichssel. La Municipalidad de Temuco ordenará los estudios pertinentes y la ubicación del referido monumento. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
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