Artículo UNICO
"Artículo único.- Declárase que los beneficios que concede la ley N° 8,694, de 10 de Diciembre de 1946, a doña Zoila Donoso Araya viuda de Aguilar, madre del ex Guardián de la Cámara de Diputados don Augusto Aguilar Donoso, le han sido otorgados por plazo indefinido, derogándose, para este efecto, todas las disposiciones legales anteriores que le sean contrarias. La presente ley regirá desde el 1° de Agosto de 1949".
📜 Texto Legal Técnico
