Artículo UNICO
Artículo único. Reconócese, por gracia, y para todos los efectos legales, a don Estenio Mesa Castillo, el tiempo comprendido entre el 15 de Mayo de 1938 y el 17 de Mayo de 1941, que fué regidor de la Municipalidad de Illapel, y el tiempo comprendido entre el 21 de Mayo de 1941 y el 20 de Mayo de 1949, que fue diputado del Congreso Nacional.
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