Artículo UNICO
Artículo único. Auméntase, por gracia, a doce mil pesos anuales, la pensión de montepío de $ 6.075.- que tiene concedida la señora Emilia Valdés viuda de Fitau. El mayor gasto que significa esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Guerra. Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el 'Diario Oficial'.
📜 Texto Legal Técnico
