"Artículo 1.o. Autorízase para que de los fondos destinados a los fines previstos en el artículo 1.o, inciso a), de la ley N.o 6,488, de 10 de Enero de 1940, se inviertan, por una sola vez, los que fueren necesarios en la adquisición de un bien raíz edificado, ubicado en Valparaíso, para el Departamento de Navegación e Hidrografía de la Armada Nacional.
Artículo 2.o. Modifícase la glosa del rubro 2), letra a), del ítem 10/01/11, del Presupuesto del presente año, sustituyendo la conjunción "y" por el signo coma (,) de puntuación, antes de las palabras "Pabellones de Instrucción", y agregando como frase final la siguiente: "adquisición de un bien raíz edificado, ubicado en Valparaíso, para el Departamento de Navegación e Hidrografía y ejecución en él de las reformas y reparaciones necesarias, a fin de habilitarlo para el servicio". La presente ley empezara a regir desde su publicación en el Diario Oficial.