Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de Maullín para invertir en el pago de un Grupo Electrógeno de 50 Kw, marca Petter Fielding Brush, sus accesorios y repuestos, importado de Inglaterra por la Dirección General de Servicios Eléctricos y autorizado por licencia de importación N.o 16,836, del Consejo Nacional de Comercio Exterior, actualmente en la Aduana de Puerto Montt, la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000), consultada en el ítem 04/07/04/5/-c, Ministerio del Interior, Dirección General de Servicios Eléctricos y de Gas, del Presupuesto de la Nación correspondiente a 1955, en virtud del artículo 1.o, número 7.o, de la ley número 11,487. El excedente de fondos que se produjere será invertido por la Municipalidad en el mejoramiento de la red de distribución de alumbrado eléctrico de la ciudad de Maullín y en la instalación del ya referido Grupo Electrógeno, bajo la supervigilancia de la Dirección General de Servicio Eléctrico.
Artículo 2.o Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N.o 2,772, de 18 de Agosto de 1943, y sus modificaciones posteriores y, en general, de todo derecho o contribución, a un Grupo Diesel Electrógeno, de 50 Kw, marca Petter Fielding Brush, con sus accesorios y repuestos, importado desde Inglaterra por la Dirección General de Servicios Eléctricos para la Municipalidad de Maullín. El Grupo Electrógeno en referencia corresponde a la licencia de importación N.o 16,836, y llegó a Puerto Montt en el mes de Abril de 1955, en el vapor "Hazelmoor", procedente de Inglaterra. Tampoco se aplicará el impuesto establecido en el artículo 9.o transitorio de la ley N.o 11,575, de 14 de Agosto de 1954, a la importación a que se refiere la presente ley. Si dentro del plazo de diez años, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, se enajenare, a cualquier título, el Grupo Electrógeno objeto de esta liberación, deberán integrarse en armas fiscales los impuestos y derechos de cuyo pago esta ley libera, quedando solidariamente responsables de ello las personas o entidades que intervinieren en los actos o contratos respectivos.