Artículo 1
"Artículo 1.o. Inclúyese al producto "Calf-Manna", destinado a la alimentación de ganado vacuno, entre las mercaderías señaladas en el artículo 2.o del decreto de Hacienda N.o 2,772, del año 1943, que fijó el texto refundido de las leyes sobre impuesto a la internación, producción y cifra de negocios, a las cuales afecta un impuesto de 2,5% sobre su valor, elevado a 2,875% por la ley N.o 8,040.
