Artículo UNICO
"Artículo único. Libérase de derechos de internación, de almacenaje, de los impuestos establecidos en el decreto N.o 2,772 de 18 de Agosto de 1943, que fijó el texto refundido de las disposiciones sobre impuestos a la internación, producción y cifra de negocios, y, en general, de todo derecho o contribución, a dos carros Ford importados por la firma Besa, Fernández y Cía. Ltda., para la Municipalidad de Las Condes, llegados a la aduana de Valparaíso, uno por el vapor "Santa Cecilia" y el otro por el vapor "Maipo", con las siguientes especificaciones: cajón N.o 10751-1,peso de 1.513 Kgs. motor N.o 98 RC-405720, y cajón N.o 10751-2, peso de 1.513 Kgs., motor N.o 98 RC-405897, respectivamente, con licencia de importación N.o 72903.
