Artículo UNICO
"Artículo único. Declárase que la cantidad consultada en el artículo 109 de la ley N.o 10,343, para el reajuste de los sueldos del personal de la Biblioteca del Congreso Nacional es de $ 1.680.000 y no de $ 1.600.000, como erróneamente aparece en su texto. El mayor gasto que significa esta ley se financiará con las entradas señaladas en la misma ley N.o 10,343 y su vigencia será igualmente la misma".
📜 Texto Legal Técnico
