Artículo UNICO
"Artículo único. Las Fuerzas Armadas para el juramento a la Bandera se atendrán a la siguiente fórmula: "Yo, (nombre, grado, etc.) juro por Dios y por esta Bandera, servir fielmente a mi Patria, ya sea en mar o en tierra o en cualquier lugar, hasta rendir la vida si fuese necesario; cumplir con mis deberes y obligaciones militares, conforme a las leyes y reglamentos vigentes; obedecer con prontitud y puntualidad las órdenes de mis superiores y poner todo empeño en ser un soldado valiente, honrado y amante de mi Patria".
📜 Texto Legal Técnico
