"Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para entregar a la Municipalidad de Perquenco la cantidad de seis millones de pesos ($ 6.000.000), para que ésta la invierta en las siguientes obras: a) Para la construcción del edificio de oficinas y teatro municipal ____________ $ 5.300.000 b) Para la reconstrucción de la parroquia de Perquenco ___________________________ 700.000
Artículo 2.o La Municipalidad de Perquenco llamará a propuestas públicas para efectuar las obras a que se refiere la letra a) del artículo anterior. Dicha propuesta deberá ser aceptada por los dos tercios de los regidores en ejercicio.
Artículo 3.o El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al mayor rendimiento que produzca la cuenta C-24-c) del Cálculo de Entradas del Presupuesto vigente".