Artículo 1
"Artículo 1.o Se declara feriado, para todos los efectos legales, el día 3 de Noviembre del año en curso, con motivo de la Transmisión del Mando Presidencial.
📜 Texto Legal Técnico
DECLARA FERIADO EL 3 DE NOVIEMBRE Y AUTORIZA PERMANENCIA DE TROPAS EXTRANJERAS EN EL TERRITORIO.
Ley 10985 · 2 artículos · Versión BCN: 1952-10-30 · Ver en LeyChile ↗
"Artículo 1.o Se declara feriado, para todos los efectos legales, el día 3 de Noviembre del año en curso, con motivo de la Transmisión del Mando Presidencial.
Artículo 2.o Autorízase la permanencia en el territorio de la República, por el término de quince días, de las tropas extranjeras que concurran al acto señalado en el artículo anterior.